PREGUNTAS FRECUENTES
Lo que probablemente no sabes de los Planes de Protección o Seguros de Vida
Hay mucha información referente a los Planes de Protección o Seguros de Vida que la mayoría de las personas desconocen.
Los Seguros funcionan de manera extraordinaria para garantizar ingresos en etapas futuras.
El Seguro de Vida es un “Ferrari” al que le damos uso de “Bocho”.
Por eso, nosotros te asesoramos para que aproveches al máximo tu plan de protección.
A continuación, algunas de las preguntas más frecuentes:
¿Existen artículos de la LISR, de la Ley General de Sociedades Mercantiles, con las cuales me pueda beneficiar a través de un seguro?
Como Persona Física:
Articulo: 151 fr. V - Plan Personal de Retiro (PPR).
Articulo: 185 - Estímulo a la Inversión (EFI).
Articulo: 93 - Protección personal (plan no deducible).
Como Persona Moral:
Articulo: 93 - Bono de Retiro Empresarial, Inter Socios, Bono de Lealtad, etc.
Artículos: 27 fr. IX. - Flujo de Efectivo, Emolumentos, Gratificaciones.
Artículos: 27 fr. XII, Art. 18 fr. VII - Persona Clave, flujo de efectivo.
Art. 181 Fracc. III de la Ley General de Sociedades Mercantiles - Emolumentos, Persona Clave.
¿Podemos hacer deducible nuestro Plan de ahorro para el retiro (PPR) como Persona Física?
Si utilizamos el seguro de vida como Plan personal de retiro (PPR), el Artículo 151 Frac V de la Ley del ISR, permite a las Personas Físicas deducir anualmente hasta el 10% de su ingreso con un tope de 5 UMAS elevado al año ($ 189,221.76 pesos) para el ejercicio fiscal 2023. Por ejemplo, si ganas $500,000 al año puedes deducir hasta $50,000 pesos como ahorro para tu retiro, si ganas $ 2,000,000 pesos al año solo podrás $189,221.76 pesos como máximo.
¿Qué otro recurso puedes utilizar a tu favor para bajar tu base gravable, pagar menos impuestos y obtener un significativo rendimiento fiscal?
El Artículo 185 de la Ley del ISR lo presenta como Estímulo Fiscal a la Inversión (nosotros lo llamamos Plan Sabático Empresarial) y permite que, independientemente de tu ingreso, puedas hacer un ahorro complementario de hasta $ 152,000 pesos para tener ingresos en etapas futuras, como por ejemplo: tu retiro.
¿Cuál es el límite de deducciones personales posibles para Persona Física?
Como Persona Física puedes hacer deducciones personales hasta los $ 530,000 pesos, que sería la suma total de todos los planes de protección y ahorro autorizados por la ley: Plan Personal de Retiro (PPR), Estímulo Fiscal a la Inversión (EFI) y Gastos Médicos Mayores (GMM).
¿Cuáles son los beneficios adicionales que obtienes al adquirir un Plan de ahorro y/o protección?
Protección por fallecimiento e invalidez.
Bajas tu base gravable (los impuestos se calcularán a una tasa menor de ISR).*
Tu ahorro está garantizado, aún en caso de invalidez con la cobertura de "Exención de pago de primas por invalidez".
*Aplica a Gastos Médicos Mayores
¿Se puede embargar un Seguro?
Los contratos de seguro son confidenciales e inembargables ya que se constituyen como un Patrimonio Familiar. El Art. 180 de la Ley del Contrato de Seguro dice “Si el Asegurado designa como beneficiario a su cónyuge o a sus descendientes, el derecho derivado de la designación de beneficiario y el del asegurado no serán susceptibles de embargo, ni de ejecución por concurso o quiebra del asegurado”.
Fuentes oficiales:
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/211.pdf (LEY SOBRE EL CONTRATO DE SEGURO)
https://www.senado.gob.mx/comisiones/finanzas_publicas/docs/LISF.pdf
https://www.muface.es/muface_Home/mutualistas/beneficiarios.html
¿Puede quebrar una Compañía de Seguros?
El Seguro de Vida es un instrumento financiero respaldado por las reservas técnicas de una aseguradora. Eso quiere decir, que una parte de la prima se va a un “Fondo” que se llama Reservas Técnicas y que sirven para que la compañía aseguradora garantice ante la ley ese compromiso de largo plazo contraído con el cliente.
Las aseguradoras en México no pueden quebrar. Y como expertos en el ramo, no conocemos ningún otro instrumento con tal respaldo.
https://www.senado.gob.mx/comisiones/finanzas_publicas/docs/LISF.pdf Artículos: 122 y 355
(Página oficial del senado de la Republica - LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS-)
¿Quién regula a las Compañías de Seguros?
Las compañías aseguradoras están reguladas por la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF), no por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
¿Los asegurados son accionistas de las compañías?
Algunas compañías de seguros son “Empresas Mutualistas” esto significa que los dueños de las pólizas también son accionistas de la compañía aseguradora.
¿Los seguros están protegidos de la inflación?
Los planes de seguro han evolucionado dramáticamente con el paso de los años. Hoy en día nuestros ahorros están protegidos de la inflación si los hacemos en UDI’s (Unidades de Inversión), o podemos protegerlos de una posible devaluación al elegir la opción de los dólares americanos.
¿Los seguros ofrecen buenos rendimientos?
Los instrumentos de ahorro de las compañías aseguradoras ofrecen rendimientos superiores a la inflación si están en UDI’s (Unidades de Inversión), en su mayoría no cobran manejo de cuenta ni comisiones de ningún tipo. Tienen esquemas con tasas garantizadas en UDI’s, y en dólares, también ofrecen alternativas de ahorro o inversión en fondos de renta variable con riesgos moderados.
¿Porqué algunas personas piensan que las compañías de seguros no pagan?
Existe el mito que “las aseguradoras no pagan”; sin embargo la mayoría de las veces se debe a que se reclama algo de lo que no se tiene derecho, ya sea porque el seguro no se pagó a tiempo, o era un riesgo excluido en las condiciones de la póliza.
Recomendaciones:
1.- Busque una aseguradora que esté legalmente constituida en México y registrada ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF).
2. Busque un asesor autorizado, confiable, y con experiencia.
¿Las compañías de seguro son un gran negocio?
Claro que lo son!!, ya que de cada 1000 mexicanos asegurados morirán 4,9 en el año. A la compañía de seguros esas 4.9 personas le representa solamente el 0.49% de sus clientes y tiene 99.51% que continuarán pagando las primas, esto hace que sea muy rentable.
Desafortunadamente, si no previenes e inviertes en tu patrimonio, y eres tú el fallecido, entonces puedes representar una pérdida de hasta el 100% de los ingresos de tu familia.
¿Qué es un seguro de vida?
El Seguro de Vida actúa como resguardo frente a una posible situación de apremios económicos y el beneficiario recibirá una suma de dinero en caso del fallecimiento del solicitante dando tranquilidad a su familia.
Mediante la firma de un contrato con la aseguradora, ésta se compromete a entregar a las personas que usted haya designado como beneficiarios una suma de dinero en el momento de su fallecimiento. Su obligación en este contrato es el pago de las primas, en la forma estipulada de antemano.
Algunas pólizas pueden beneficiar al asegurado en vida. Estas pólizas acumulan ahorros que pueden ser utilizados en el futuro como por ejemplo para complementar su jubilación o para lo que usted desee destinarlo.
¿Porqué contratar un seguro de vida?
El Seguro de vida sirve principalmente para proteger 3 escenarios: fallecer joven, vivir demasiado o invalidarte.
Si fallecemos a una edad temprana, es muy probable que dejemos nuestros proyectos truncados, por lo tanto, es importante contar con una Suma Asegurada lo suficientemente alta para que nuestros dependientes económicos puedan mantener su nivel de vida.
Si vivimos demasiado, debemos de hacer un “guardadito” para esa etapa en la que ya no seremos productivos, pero vamos a seguir teniendo gastos.
En caso de invalidarte se podría ver significativamente desequilibrada la economía familiar ya que antes de eso fuiste parte del ingreso (total o parte de él) y ahora te convertirás en parte del gasto y una carga para el resto de la familia.
Según la revista “National Geographic”, la expectativa de vida de una persona que nace en el año 2013 es de más de 100 años. Por lo anterior, más vale estar prevenidos.
¿Cómo sé si yo necesito un seguro de vida?
La necesidad de un seguro de vida dependerá de sus circunstancias personales y económicas.
Las pautas personales a tener en cuenta son: ¿tiene cónyuge, hijos pequeños y usted es el responsable de su bienestar?, ¿Sus padres son mayores o tienen algún discapacitado en la familia?, ¿Necesita capital para montar algo independiente o para uso particular?, ¿Su jubilación o pensión es muy baja para mantener el nivel de vida de los suyos si usted no estuviera? Si ha contestado que si a una o varias de estas preguntas puede pensar en contratar un seguro de vida, para su tranquilidad y la de los suyos.
¿Puedo usar un seguro para pagar los estudios universitarios de mis hijos o dependientes económicos?
Como padres nos enfrentamos al reto enorme de darles educación universitaria a nuestros hijos la que para muchos es la herencia más importante que les podremos dejar, los seguros de vida también suelen usarse pensando en garantizar el futuro educativo profesional de sus hijos
¿Cuál es el mejor seguro de vida?
Elegir un seguro no es una tarea sencilla, pero elegir correctamente puede significar importantes ahorros.
Recuerde, que el Seguro de Vida es un beneficio no una carga. ¿Durante cuánto tiempo necesitaría estar asegurado? ¿Cuánto cree usted que necesitaría su familia, para poder vivir cuando usted muera? ¿Desearía sólo cobertura o también crear un fondo de inversión, para su jubilación o pagar la universidad de sus hijos? ¿Necesitaría dejar previsto el pago de la hipoteca de su vivienda para evitarle apremios económicos a los suyos?
Si usted es la única fuente de ingresos, tendrá que pensar en una cobertura que permita que su familia pueda mantenerse hasta que logren otra fuente de ingresos o que su cónyuge consiga un empleo. Pero, si usted es soltero y vive con sus padres o bien solo, entonces necesita un seguro de vida solamente como instrumento de ahorro y protección en caso de invalidez.
El seguro no necesariamente debe ser para toda la vida, debe revisar sus necesidades de su seguro periódicamente y si cambian sus ingresos o sus hijos se independizan puede que ya no necesite un seguro o al menos el mismo tipo de seguro.